A diferencia de los demás programas, Mecenazgo no es un subsidio directo, sino que depende del aporte de contribuyentes de Ingresos Brutos de la Ciudad. En ese sentido, si tu proyecto es seleccionado, es importante tu gestión en la búsqueda de potenciales mecenas.
Pueden presentarse personas humanas y personas jurídicas sin fines de lucro, tales como asociaciones civiles, fundaciones, organizaciones no gubernamentales. Deberán tener domicilio legal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o, en caso de no poseer domicilio en CABA, el proyecto debe desarrollarse sin excepción dentro de la Ciudad.
Se puede presentar cualquier proyecto de investigación, capacitación, difusión, creación y producción que estén encuadrados en alguna de las 14 disciplinas artísticas/culturales: Danza; Artes visuales; Artes audiovisuales y arte digital; Teatro; Circo, mímica y afines; Literatura; Artesanías y arte popular; Diseño; Música popular; Música académica; Patrimonio Cultural; Publicaciones, radio, televisión y sitios de internet con contenido artístico y cultural; Infraestructura; Nuevas Tecnologías.
Tanto como persona humana como persona jurídica se pueden presentar hasta 2 proyectos, pero sólo uno podrá ser seleccionado.
Monto máximo para personas jurídicas:
En ambos casos, el Consejo de Participación Cultural puede aprobar un monto inferior al solicitado.